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EGEDA Panamá

Misión

EGEDA Panamá, es una entidad de gestión colectiva de los derechos de los productores audiovisuales, de carácter privado y sin ánimo de lucro, autorizada por el Ministerio de Comercio e Indutria mediante la Ley No.64 de 10 de octubre de 2012 y demás normas concordantes, con el fin de representar y defender en Panamá los derechos de los productores audiovisuales.

Cualquier productor nacional o extranjero, persona física o jurídica, puede ser socio de EGEDA Panamá. La adhesión, permanencia y servicios de la entidad son totalmente gratuitos.

EGEDA es una sociedad de servicios para los productores audiovisuales. El principal servicio ofrecido por EGEDA Panamá a sus miembros, es la gestión colectiva de ciertas modalidades del derecho de comunicación pública, como son la retransmisión y la comunicación en lugares abiertos al público.

EGEDA Panamá gestiona estos derechos directamente o a través de acuerdos internacionales, en todos los países del mundo donde están reconocidos. ¿Sabías que si tu obra ha sido emitida en televisión en cualquier país del mundo donde se reconozcan derechos como la remuneración compensatoria por copia privada, o la comunicación pública por retransmisión, podrías cobrar por ello? Hazte socio de EGEDA Panamá y comienza a cobrar tu dinero.

Además de la gestión de derechos, nuestros socios tienen acceso al amplio abanico de servicios gratuitos ofrecidos por EGEDA Panamá.



Red internacional EGEDA

EGEDA Panamá forma parte de una red internacional de organizaciones creadas en EGEDA Argentina, EGEDA Brasil, EGEDA Chile, EGEDA Colombia, EGEDA Dominicana, EGEDA Ecuador, EGEDA España, EGEDA México, EGEDA Perú y EGEDA Uruguay.

Miles de productores latinoamericanos son ya socios de EGEDA a través de esta red internacional de entidades de gestión.

La red internacional EGEDA cuenta también con oficina en Los Angeles (EGEDA US), cuya misión es representar a sus socios en Estados Unidos y servir de enlace en las relaciones entre la industria audiovisual estadounidense y la iberoamericana.

Nuestra entidad ha firmado convenios internacionales en virtud de los cuales representa en Panamá los derechos de prácticamente todos los productores del mundo y su repertorio, tanto iberoamericanos como estadounidenses y europeos.

EGEDA es miembro de la Federación Internacional de Entidades de Gestión, denominada EUROCOPYA, así como de AGICOA.


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¿Qué es EGEDA?

Dominicana Argentina España US Colombia Ecuador Perú Chile Uruguay Brasil Panamá México
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Información corporativa

Autorización Administrativa

EGEDA Panamá se constituyó como asociación de interés privado, el 28 de octubre de 2014, mediante una asamblea general constitutiva que contó con la asistencia y participación de importantes productores audiovisuales panameños, constituyéndose los mismos en Asociados Fundadores.

Posteriormente la Dirección General de Derecho de Autor y Conexos, comprobó el cumplimiento de las formalidades exigidas por la Ley y dictaminó conceder la autorización de funcionamiento a la Asociación Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales y expide Resolución No. 091-016-2019 concediendo la autorización.

EGEDA Panamá es una persona jurídica sin fines de lucro cuyo objetivo es la gestión, administración, representación, protección y defensa de los derechos de los productores de obras audiovisuales.

Específicamente, EGEDA se encarga de gestionar algunas modalidades del derecho de comunicación pública, tales como la proyección, exhibición o transmisión, debidamente autorizadas, de las obras audiovisuales por medio de cualquier procedimiento; y la retransmisión de obras audiovisuales emitidas o transmitidas por terceros emisores o transmisores, con posterior distribución a receptores individuales o colectivos, con independencia del medio utilizado para hacer llegar la señal a los destinatarios finales, entre otros.

Igualmente forma parte del objetivo de la entidad la representación, defensa y protección de los derechos de los productores de obras audiovisuales, así como los de sus derechohabientes, como consecuencia de la realización sin autorización, de cualquier acto de explotación.

Legislación Aplicable



Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Qué es un productor?

Productor es la persona natural o jurídica que tiene la iniciativa y asume la responsabilidad de realizar la obra o grabación audiovisual. Por tanto, no sólo la financia, aún siendo esto decisivo, sino que aporta a ella un plus de creatividad y conocimientos técnicos. EGEDA representa el repertorio de los productores nacionales y foráneos, directamente o a través de acuerdos de representación con las entidades de gestión hermanas de otros países. Las propias televisiones son miembros de EGEDA en su condición de productores.

¿Qué diferencia hay entre obra y grabación audiovisual?

Es obra audiovisual una creación original expresada mediante imágenes; incorpora, por tanto una serie de aportaciones de "autor". Grabación audiovisual es la fijación en un plano o secuencia de un conjunto de imágenes, que pueden corresponder o no a una obra. Todas las obras audiovisuales son grabaciones, pero no todas las grabaciones tienen el carácter de obras (por ejemplo, un programa deportivo).

¿Qué diferencia existe entre productor y entidad de radiodifusión?

La principal diferencia es que el productor es el que asume la responsabilidad de realización de la obra o grabación audiovisual, y la entidad de radiodifusión es la que la difunde. Ello no impide que una entidad de radiodifusión pueda actuar como productor, lo que, de hecho, acontece (por ejemplo: una serie de TV producida por una cadena; o un programa de variedades).

¿Qué es una entidad de gestión de derechos?

Aquella que, legalmente constituida, se dedica a la gestión de derechos de explotación o remuneración, de carácter patrimonial, por cuenta y en interés de varios titulares de derechos de propiedad intelectual.

¿Qué derechos gestiona EGEDA Panamá?

Específicamente, EGEDA Panamá se encarga de gestionar algunas modalidades del derecho de comunicación pública, tales como la proyección, exhibición o transmisión, debidamente autorizadas, de las obras audiovisuales por medio de cualquier procedimiento; y la retransmisión de obras audiovisuales emitidas o transmitidas por terceros emisores o transmisores, con posterior distribución a receptores individuales o colectivos, con independencia del medio utilizado para hacer llegar la señal a los destinatarios finales, entre otros.

¿Qué es la comunicación pública?

Se entenderá por comunicación pública todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. No se considerará pública la comunicación cuando se celebre dentro de un ámbito estrictamente doméstico que no esté integrado o conectado a una red de difusión de cualquier tipo.

Son actos de comunicación pública, entre otros, la proyección o exhibición de las obras cinematográficas y demás audiovisuales (por ejemplo: salas de cine, transportes públicos, etc.); la emisión y transmisión de cualquier obra al público por hilo, cable, fibra óptica u otros procedimientos análogos (por ejemplo, emisiones por televisiones locales, por cable, vía satélite, la comunicación pública en bares, restaurantes, gimnasios, hoteles, etcétera).

¿Qué es la retransmisión?

La captación de obras y grabaciones audiovisuales emitidas o transmitidas por terceros emisores o transmisores, efectuando a su vez su distribución íntegra, simultánea e inalterada a receptores individuales o colectivos, bien mediante señal difundida de forma inalámbrica o bien por hilo, cable, fibra óptica u otro procedimiento análogo.

¿Cómo se reparten los derechos?

El reparto de los derechos recaudados se determina de acuerdo con el uso del repertorio y conforme a un sistema que excluye la arbitrariedad. Los derechos recaudados se distribuyen empleando fundamentalmente los criterios de pase y audiencia de cada emisión.